El Brexit y la industria marítima: ¿Qué sigue?

La industria marítima de contenedores, sin duda será una de las que más se verá afectada con la formalización del Brexit, ya que el Reino Unido es la 5ta potencia económica del mundo y la décima en el ranking de países exportadores. Pero para afrontar este nuevo reto, ¿qué debe hacer la industria marítima contenerizada?

 

Aunque apenas se dio inició al período de transición en el que el Reino Unido y la Unión Europea deben establecer acuerdos de cooperación para garantizar el comercio entre los países que los conforman, existen algunas acciones que las empresas involucradas en la cadena de suministro global y la industria marítima, específicamente, pueden ir adelantando.

El plazo final para establecer acuerdos políticos, económicos y legislativos entre la UE y UK, finalizará el 31 de diciembre de este año, siempre que en julio no se decida extenderlo hasta por dos años más. Mientras llega ese acuerdo y durante los 11 meses establecidos como período inicial de transición, se espera que no haya cambios importantes en materia de relación comercial. Es decir, se seguirá aplicando la legislación de la comunidad europea, unión aduanera y políticas comunitarias. Pero una vez llegue el 1 de enero de 2021, si no hay un acuerdo firmado, ese panorama cambiará, y es para ese momento que la industria debe ir preparándose desde ya.

 

¿Qué puede hacer la industria marítima para afrontar el Brexit?

 

A partir del 1ro de enero de 2021, si aún no se establece el  acuerdo, el Reino Unido será considerado por la Unión Europea como un 3er país, y perderá todas las preferencias especiales. Esto conlleva a nuevas formalidades aduaneras, pago de aranceles hasta ahora exonerados, regulaciones de calidad y cumplimiento de normativas sanitarias, así como de estándares ambientales, entre otros.

Por lo que es recomendable que todo importador/exportador, freight forwarder y demás relacionados con la industria marítima de carga, comiencen a tramitar en el país de origen y destino de las cargas, toda la documentación que pueda requerirse relacionada a sus productos.

Con relación a los controles de aduana, que de todas formas se van a hacer, se recomienda a toda empresa que desee mover mercancías dentro y fuera de la Unión Europea, procedente o con destino el Reino Unido, que siga las siguientes recomendaciones:

 

  • Informarse anticipadamente sobre los formatos de declaraciones de aduana, a fin de que el manejo acertado de esos trámites, no demore sus envíos.
  • Solicitar las autorizaciones previas de los órganos competentes (controles de calidad, permisos sanitarios, fitosanitarios, etc.) que estén relacionadas a su tipo de carga.
  • Asegurarse de poseer el número EORI (Número de Identificación de Operador Económico).
  • En el caso de exportaciones a la UE, deberán tener una declaración resumida de entrada ENS).

 

Más recomendaciones pueden encontrar los involucrados en la industria marítima en el link https://www.gov.uk/transition-check del gobierno del Reino Unido o por el correo brexitaduanas@correo.aeat.es dispuesto por el gobierno de España, a través del cual se pueden dirigir consultas aduaneras relacionadas con el Brexit.

¿Qué sigue después del Brexit? Aún es pronto para saberlo. Pero si el sector que cuenta con contenedores inteligentes supo sortear la guerra  EEUU vs. China, con toda seguridad podrá estar preparada cuando llegue el momento de afrontar los cambios que sean necesarios, a consecuencia de este nuevo reto para la industria marítima.